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Compró casa con subsidio y la puso en arriendo: Ahora tendrá que devolverle al Estado más de $26 millones

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En 2016, una mujer de Puerto Natales se adjudicó el Subsidio DS49, un beneficio habitacional en que el Estado, a través del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu), entrega un monto para comprar una vivienda, sin necesidad de tener un crédito hipotecario.

Mediante un contrato de compraventa, la beneficiaria adquirió un sitio y un hogar —ambos ubicados en calle Cerro Ballena de esa comuna de la región de Magallanes— que tenía un precio de venta de 820 UF (casi $30 millones, según el cambio actual).

Ese costo, entre otros aportes, el DS49 lo financió entregándole 725 UF ($26,5 millones), misma cifra que la mujer deberá devolverle al Servicio de Vivienda y Urbanización de Magallanes (Serviu) al infringir una de las normativas del subsidio: arrendó su casa antes de los cinco años en los que exclusivamente ella podía residir en el inmueble.

Demandada por arrendar su vivienda antes de tiempo

Cuando se le adjudicó el beneficio, la mujer conoció y aceptó los términos y condiciones del DS49, pero terminó infringiendo el artículo 60 del decreto supremo que rige al subsidio.

Dicho artículo, el de las «obligaciones y prohibiciones», establece que la vivienda que se construya o adquiera con recursos del DS49 «deberá ser habitada personalmente por el beneficiario del subsidio y/o miembros de su núcleo familiar declarado al momento de su postulación, a lo menos durante cinco años contados desde su entrega material«.

Asimismo, durante un plazo de cinco años, «el beneficiario no podrá gravar ni enajenar la vivienda ni celebrar acto o contrato alguno que importe cesión de uso y goce de la misma (no podrá arrendarla, básicamente), sea a título gratuito u oneroso, sin previa autorización escrita del Serviu», señala el documento.

Todo parecía estar en orden, pero lo que no sabía la infractora es que el Minvu posee un programa que busca detectar casos de incumplimiento de los deberes que establecen sus respectivos subsidios habitacionales.

Una denuncia la dejó en evidencia

Según señaló el Serviu de Magallanes en la demanda que presentó contra la subsidiaria, el organismo recibió una denuncia que aseguraba que la mujer estaba arrendando su vivienda desde hace tiempo, infringiendo la normativa.

Fue así que a fines de noviembre de 2019, autoridades del Serviu llegaron al domicilio y constataron que los actuales moradores le pagaban una renta a la propietaria, desde hace dos meses, para residir en el inmueble.

La demandada recién podía poner en arriendo su vivienda en 2021 —contando los cinco años desde 2016—, siempre que solicitará previamente el levantamiento de tales prohibiciones al Servicio.

En primera instancia, el Juzgado de Letras de Puerto Natales acogió la demanda del organismo estatal y sentenció a la beneficiaria a devolver 725 UF, cuyo monto se compone de 700 UF por concepto de subsidio diferenciado a la localización para la adquisición de terreno; y 25 UF, por subsidio al ahorro.

Luego, la Corte de Apelaciones ratificó la sentencia, detallando que la mujer tendrá que pagar intereses. Cabe agregar que el valor de las 725 UF es vigente a la fecha de la eventual restitución que haga la mujer, así que la cifra de restitución de los $26,5 millones podría ser mayor.

Primera Fuente
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