Seremi de Salud del Maule informa inicio de Alerta Sanitaria Ambiental en Linares

La medida se extenderá hasta el 30 de septiembre de 2026 y prohíbe emisiones durante episodios de preemergencia y emergencia ambiental.

Dado el alto uso de calefacción a leña y otras fuentes emisoras durante el invierno, aumentan los episodios de contaminación atmosférica en la comuna de Linares, situación que hace necesario adoptar medidas para proteger la salud de la población.

Por este motivo, la Seremi de Salud del Maule informó la entrada en vigencia de la Resolución Exenta que establece medidas sanitarias extraordinarias durante episodios de preemergencia o emergencia ambiental en la comuna de Linares, las cuales estarán vigentes hasta el 30 de septiembre de 2026.

Cabe señalar que esta resolución se enmarca en la Alerta Sanitaria decretada por el Ministerio de Salud debido al aumento de virus respiratorios estacionales y busca controlar las emisiones de material particulado fino respirable MP 2.5, especialmente durante episodios críticos de contaminación atmosférica.

Asimismo, se implementarán medidas orientadas a informar a la población sobre los riesgos asociados a la contaminación del aire y a disminuir las emisiones generadas principalmente por el uso de calefacción domiciliaria a leña y otros combustibles sólidos.

En específico, durante episodios de preemergencia o emergencia ambiental, se prohibirá la emisión de humos visibles provenientes de fuentes como leña u otros materiales sólidos combustibles y derivados del petróleo, además de fuentes comunitarias e industriales que emitan material particulado.

La restricción regirá entre las 18:00 y las 23:59 horas dentro del polígono definido para la comuna de Linares y será fiscalizada por equipos de la Autoridad Sanitaria.

Además, la Autoridad Sanitaria recomendó evitar la realización de actividades deportivas masivas, clases de educación física y actividades físicas al aire libre durante períodos de preemergencia y emergencia ambiental.

El incumplimiento de las medidas establecidas podrá ser sancionado de acuerdo con lo dispuesto en el Libro X del Código Sanitario, previa instrucción del respectivo sumario sanitario.

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