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SUSESO amplía mecanismos para fiscalizar el cumplimiento del reposo en licencias médicas

de Pedro Corvalan
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La Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) actualizó sus instrucciones respecto de la verificación del cumplimiento del reposo en licencias médicas y la realización de trabajos remunerados o no durante dicho período.

Las modificaciones introducidas al Libro II del Compendio de Normas sobre Licencias Médicas, Subsidios por Incapacidad Laboral y Seguro SANNA buscan modernizar y reforzar los mecanismos de fiscalización, estableciendo nuevas fuentes de información válidas para acreditar posibles incumplimientos.

Entre los principales cambios, se autoriza a las COMPIN e ISAPRES a utilizar bases de datos y registros administrativos de entidades públicas, tales como los de la Policía de Investigaciones o el Servicio de Impuestos Internos, así como información proveniente de redes sociales, siempre que esta permita constatar de manera fehaciente que el hecho ocurrió durante el período de licencia.

Principales cambios:

  1. Fuentes de información válidas para acreditar incumplimiento de reposo:

    • Las COMPIN e ISAPRES podrán usar bases de datos o registros administrativos de entidades públicas (por ejemplo, PDI, SII, etc.) o información interna.

    • También podrán considerar publicaciones en redes sociales, siempre que permitan verificar fehacientemente que el hecho ocurrió durante el período de licencia.

  2. Visitas domiciliarias:

    • Los informes de estas visitas deberán detallar día y hora, personas entrevistadas y los hechos constatados.

  3. Licencias por patologías psiquiátricas:

    • La salida del domicilio no se considerará incumplimiento, siempre que se realice dentro del territorio nacional.

  4. Casos no considerados incumplimiento:

    • Salidas para comprar medicamentos o participar en elecciones y plebiscitos obligatorios.

  5. Comprobación de realización de trabajos durante licencia:

    • Se permitirá usar registros de licencias, boletas, bonos de atención u otros antecedentes administrativos o de libre acceso (como redes sociales), siempre que acrediten de forma cierta que la actividad ocurrió durante la licencia.

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