El aumento de casos de coronavirus ha obligado al Gobierno de Chile a tomar una ruta más drástica. La cuarentena es una medida que se ha aplicado en múltiples partes del país, especialmente la Región Metropolitana. En la capital hay aislamiento total. En ese mismo sentido, el Minsal realizó un ajuste en la autorización de permisos colectivos.
¿Qué trabajos son considerados esenciales?
Servicios de Utilidad Pública.
a.Personal de suministro de energía y de las centrales de operaciones
b.Personal de suministro de agua potable, centrales de operaciones, tratamiento de aguas servidas y riles.
c.Personal de suministro de gas y centrales de operaciones.
d.Funcionarios de las estaciones de servicio y distribuidoras de combustible.
e.Personal que cumple labores esenciales para el funcionamiento de las autopistas.
f.Personal de empresas que presten servicios para el mantenimiento, reparación y funcionamiento de sistemas informáticos y/o tecnológicos, servicios de telecomunicaciones, data center y centrales de operaciones.
g.Personal que trabaja en reactores nucleares.
h.Personal de bancos e instituciones financieras, cajas de compensación, transporte de valores y empresas de seguros generales.
i.Personal de Isapres, AFP ́s y del Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión.
j.Personal de servicios funerarios, cementerios y contratistas de las mismas.
k.Trabajadores de empresas recolectoras de basura, de transporte de residuos, fosas sépticas, rellenos sanitarios, limpieza y lavado de áreas públicas y personal contratado por empresas e instituciones que transporten y procesen materiales reciclables, embalajes y envases.
l.Prestadores de servicios en empresas de correos, sean éstas públicas o privadas, los que estarán sujetos a las reglas sanitarias especiales que determine la Autoridad Sanitaria para el cumplimiento de sus funciones.
m.Personal esencial para el funcionamiento de las Notarías y de los Conservadores de Bienes Raíces.
n.Personal esencial para la facilitación del comercio exterior del país
o.Personal que preste servicios para la construcción, mantenimiento, reparación y funcionamiento de infraestructura pública, tales como edificios públicos, aeropuertos, puertos, carreteras, hospitales, ríos, canales, embalses, cárceles u otros
p.Personal que preste servicios destinados a la producción, elaboración y entrega de alimentos a instituciones públicas y a aquellas que prestan servicios para las mismas.
q.Personal esencial para la mantención y reparación de ascensores
r.Cuadrillas de respuesta a emergencias de empresas de transporte, distribución de gas, empresas de transmisión y distribución de electricidad, telecomunicaciones, agua potable, saneamiento y control de plagas.
s.Trabajadores esenciales para el funcionamiento de empresas mineras, proveedores y contratistas de las mismas.
t.Personal de servicios veterinarios y aquel que preste servicios para el cuidado animal en bioterios, zoológicos, hipódromos, estaciones experimentales, campus universitarios y otras instituciones públicas o privadas que posean o alojen animales.
u.Personas que presten servicios en hoteles con huéspedes.
v.Plantas de revisión técnicas.
w.Personal de cuadrillas de servicio post venta de empresas de construcción de inmuebles de uso residencial.
x.Personal de mantenimiento que se desempeña en talleres de reparación de bicicletas.
y.Personal de empresas dedicadas al almacenamiento, distribución y comercialización de partes, piezas y accesorios para el transporte de carga, pasajeros y automotriz.
Seguridad
a.Conserjes y funcionarios de seguridad ya sean de edificios, condominios y otro tipo de propiedades. Este permiso deberá ser solicitado por los administradores de los mismos.
b. Empresas de seguridad, recursos tecnológicos para la seguridad y relacionadas sin credencial de la OS10 de Carabineros de Chile.
Prensa
a.Periodistas y miembros de los medios de comunicación (canales de TV, prensa escrita, radio y medios de comunicación online).
b.Periodistas colegiados en el Colegio de Periodistas de Chile, que deberán portar su credencial del colegio vigente y certificado de título profesional de una universidad reconocida por el Estado.
Alimentos y comercio de bienes esenciales de uso doméstico
a.Personas que presten servicios en supermercados, panaderías, mercados, centros de abastecimiento, distribución, producción y expendio de alimentos, cocinas de restaurantes para delivery y los que provean los insumos y servicios logísticos para ellos.
b.Trabajadores de almacenes debarrio, locales de expendio de alimentos, ferreterías y otros insumos básicos.
c.Personal de empresas de agro alimentos y productores silvoagropecuarios, respecto de los predios y faenas en los que se estén realizando procesos críticos (siembra, cosecha, procesamiento y distribución), así como labores de pesca y procesamiento de pescados y mariscos, producción de alimentos para animales, aves y piscicultura y producción de celulosa y productos de papel, cartón, envases, embalajes y derivados y consultores de riego adscritos a la Comisión Nacional de Riego.
d.Personal que cumpla funciones de despacho de bienes esenciales de uso doméstico en centros de distribución, bodegas y/o tiendas habilitadas para estos efectos.
Educación
a.Profesores, Asistentes de la educación, Educadores de Párvulos, Manipuladores de Alimentos de JUNAEB y Administrativos de establecimientos educacionales, sean estos, públicos, particulares pagados o particulares subvencionados.
b.Profesores, docentes, directivos, administrativos y personal de apoyo a la docencia e investigación de las Instituciones de Educación Superior, sean estas públicas o privadas.
c.Estudiantes de doctorado e investigadores de postdoctorado, que realicen investigación científica crítica que no pueda ser interrumpida o postergada (en laboratorios, toma de muestras, entre otras), podrán circular portando, además del permiso único colectivo, un certificado que acredite su calidad de tal.
Servicio Público
a.Funcionarios y servidores públicos municipales, incluyendo a los concejales.
b.Funcionarios y servidores públicos de Gobiernos Regionales, incluyendo a consejeros regionales.
c.Autoridades de Gobierno, funcionarios de los ministerios y de los servicios públicos centralizados y descentralizados.
d.Los funcionarios del Ministerio Público, Contraloría General de la República, Banco Central, Servicio Electoral, Instituto Nacional de Derechos Humanos y Defensoría de la Niñez.
Equipos de campaña de Candidatos a elecciones de concejales, alcaldes, convencionales constituyentes y gobernadores regionales.
Los candidatos a concejales, alcaldes, convencionales constituyentes y gobernadores regionales cuya inscripción haya sido aceptada por el Servicio Electoral. Este permiso deberá ser usado solamente para funciones afines a la candidatura, para el acompañamiento y apoyo del candidato respectivo y exclusivamente en las zonas por las que éste postule.