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Asesinos de Pascale Alvarado pasarán 10 y 13 años en la cárcel

de Primera Fuente
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El tribunal acogió la media prescripción de los delitos cometidos hace 10 años de una forma «menor rigurosa» entendiendo que la adolescente se mantiene desaparecida.

El Tribunal Oral de Viña del Mar condenó a 13 años y 10 años y un día a Mario Ulloa y Miguel Soto, respectivamente, por el secuestro con homicidio de la adolescente de 17 años Pascale Alvarado, de quien el 8 de noviembre de 2011 se perdió el rastro en Puchuncaví.

La Fiscalía había solicitado la pena máxima de presidio perpetuo para Ulloa y 13 años para Soto.

El magistrado Alonso Arancibia explicó que la pena se determinó acogiendo la consideración de la defensa relativa a la media prescripción de los delitos al haber transcurrido 9 años desde su comisión, por lo que la pena debe sufrir una atenuación.

«El tribunal teniendo presente la extensión del mal causado, esto es que a la fecha no se tiene conocimiento del paradero de Pascale, entiende que la media prescripción alegada por la defensa debe considerarse de manera menos rigurosa que la entendida por el legislador penal porque el propósito de la prescripción básicamente consiste en que en el transcurso del tiempo -en alguna medida- van sanando las heridas, pero en este caso más que sanar las heridas, las ha agravado», explicó el juez Arancibia.

Agregó que «por lo tanto, el tribunal entendió que la rebaja en un grado era proporcional a la extensión del mal causado».

En cuanto a los hechos establecidos por el tribunal tras el juicio oral, el fallo indica que «el día 8 de noviembre de 2011, alrededor de las 18 horas, mientras la adolescente de entonces 17 años de edad Pascale A.S. transitaba por la vereda poniente de calle Silvia Herrera en la localidad de Puchuncaví, fue interceptada por Mario Humberto Ulloa Saavedra y Miguel Osvaldo Soto Cruces, quienes se desplazaban en una camioneta Nissan Terrano (…) conducida por el primero de ellos, quienes la suben y trasladan contra su voluntad hasta la ciudad de Cabildo, sector de la mina ‘Las Cenizas’, lugar en que Ulloa Saavedra mantenía una faena agrícola habilitada, donde le dieron muerte ocultando posteriormente el cadáver, sin que hasta el día de hoy se tenga noticia del hallazgo de su cuerpo». 

A contar de esta jornada las partes tienen un plazo de 10 días para analizar si recurren o no de nulidad de juicio oral.

 

Fuente: Cooperativa

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