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Deudores de pensión de alimentos no podrán omitir sus pagos

por Primera Fuente
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A partir del lunes 21 de noviembre empieza a regir el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. Este instrumento tiene por objetivo articular diversas medidas legales con el fin de promover y garantizar el cumplimiento del pago de las pensiones alimenticias.

La nómina será de acceso remoto, gratuito e inmediato, para cualquier persona con interés legítimo en la consulta. El registro estará integrado por padres o madres que adeuden total o parcialmente mensualidades de la pensión.

En detalle, serán parte del registro las personas que estén obligadas a pagar pensión de alimentos fijada o aprobada por el tribunal, provisorios o definitivos, y que adeuden: Total o parcialmente al menos tres mensualidades consecutivas o cinco discontinuas.

Además, tendrán una serie de sanciones relacionadas con la retención de devolución de impuestos, retención de remuneraciones, imposibilidad de renovar documentos, entre otros. Para salir de este registro, es necesario que el o la deudora pague la totalidad de lo adeudado o suscriba un acuerdo de pago serio y suficiente para saldar lo que debe.

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